Consumidor indemnizado tras incumplimiento de Corredora de Propiedades

La empresa Inversiones Irribarra Propiedades fue condenada al pago de una multa y una indemnización de más de $1 millón para un consumidor por venderle una vivienda afecta a expropiación pese a que en el contrato se señalaba lo contrario.
Imagen de Alex Soto
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26 de Mayo, 2008 07:05
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La acción legal se originó en diciembre de 2005 cuando Julio Enrique Fuentes, firmó una oferta de compra con la corredora para adquirir una propiedad pagando una comisión de más de $1 millón 200 mil. En dicho documento se señalaba claramente las condiciones en las cuales se realizaría la entrega: sin cuentas pendientes por servicios básicos y que el inmueble no estuviera afecto a expropiación y/o utilidad pública.
No obstante, en febrero de 2006 se le hizo entrega de la vivienda con las cuentas de servicios impagos. Y, aún más grave, el plano de remodelación no podía inscribirse en la Municipalidad ya que la propiedad estaba afecta a expropiación.
Frente a la falta de soluciones por parte de la empresa, el consumidor decidió recurrir al SERNAC, organismo que tras una mediación desfavorable, denunció los hechos a la Justicia.
Durante el proceso, se presentó como prueba un certificado de declaratoria de utilidad pública emitido por la Municipalidad con respecto a la propiedad del consumidor, más el contrato de compra en el que se indicaba que la vivienda no tenía esta condición.
La Novena Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago concluyó, en vista de estos antecedentes, que la empresa de corretajes se comprometió a realizar todas las gestiones necesarias para que el cliente comprara un inmueble no afecto a expropiaciones, lo que no se cumplió.
Por otra parte, la defensa de la empresa había argumentado que la causa estaba prescrita al haber pasado más de 6 meses, no obstante, el juez determinó que no era así pues la posibilidad de exigir indemnización por los daños causados se cuenta desde que el afectado tomó conocimiento de los hechos denunciados.
Finalmente, el Tribunal estimó que Irribarra Propiedades cometió infracción a la Ley del Consumidor al no respetar lo acordado por lo que fue condenada al pago de una multa de 2 UTM y una indemnización de más de $1 millón 300 mil para el consumidor y las costas del juicio.
La sentencia confirma que las empresas de corretaje de propiedades están sujetas a Ley del Consumidor como cualquier servicio. Por lo tanto, los consumidores tienen derecho a recibir toda la información relevante sobre las características del servicio y la propiedad; así como deben cumplirse los términos acordados en el contrato y lo anunciado en la publicidad. Esto significa por ejemplo, que si se le ofrece una vivienda con determinadas características, debe ser eso lo que reciba.
Para conocer sus derechos y saber cómo ejercerlos, puede acudir a SERNAC (www.sernac.cl o 600 594 6000).

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2 Comentarios

Imagen de luz maria

ME ENCANTA CUANDO LA

ME ENCANTA CUANDO LA JUSTICIA SE PONE LAS PILAS. SORE TODO CON SUPER PODEROSOS .LLAMESE BANCOS O FINANCIERAS.FELICIDADES

Imagen de Juan Pita

Me parece una cifra muy baja

Me parece una cifra muy baja para el daño que causan inescrupulosos como esos.

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