Corte confirma: El cartel "no respondemos por robo" no vale

Nuevamente los tribunales confirman que los carteles en los que las empresas se desentienden de su responsabilidad ante daños, no tienen ninguna validez. Por Alex Soto
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05 de Agosto, 2008 07:08
No es difícil imaginar la angustia y frustración de quienes dejan confiados su vehículo en un estacionamiento, pero cuando regresan descubren que los delincuentes les robaron la radio, sus cosas o hasta el auto completo. Lo peor es que antes de siquiera hacer el intento de reclamar, se encuentran de cara con el famoso cartelito: “no respondemos por robos o daños”.
La buena noticia es que los tribunales han fallado nuevamente a favor de los consumidores en materia de estacionamientos confirmando algo que el SERNAC viene diciendo hace rato: este tipo de carteles no tienen ninguna validez, se pague o no por el servicio.
En un fallo reciente, la Corte de Apelaciones de Santiago condenó a la empresa Homecenter Sodimac al pago de una multa de 20 UTM. por no responder ante la consumidora Viviana Sandoval cuando le robaron su vehículo desde los estacionamientos.
En mayo pasado, el tribunal confirmó la sentencia contra supermercados TOTTUS que lo condenó a pagar una indemnización a un consumidor que sufrió el robo de su bicicleta en el estacionamiento de uno de sus locales.
En ambos casos, los argumentos de las empresas para rechazar las acusaciones fueron la existencia de los carteles donde advertían que no se hacían responsables de los hurtos y que además, el servicio es gratuito así que no tenían obligación de responder.
Pero en este y otros fallos, los tribunales han dicho lo contrario:
 Los carteles en los que la empresa se desentiende de su responsabilidad no tienen valor.
 Que las empresas de estacionamientos (pagados o no) tienen la obligación de tomar todas las medidas para que ni el consumidor ni sus bienes sufran ningún daño. Esto implica tener guardias y cámaras de vigilancia que se preocupen de lo que está pasando en el momento y no sólo revisen el pasado.
 Que el servicio de estacionamiento es parte del servicio principal de una empresa por lo que ésta debe responder aunque no se pague por él.
En definitiva, las sentencias confirman que reclamar sirve y que los consumidores tienen derecho a un consumo seguro que no afecte su persona ni sus bienes.
Para conocer sus derechos y saber cómo ejercerlos, puede acudir a SERNAC (www.sernac.cl o 600 594 6000).
Finalmente, otra nota respecto a la materia aquí

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