Los derechos del deudor no se pierden por tener deudas

06 Julio 2010
Nadie está libre de no poder pagar oportunamente una deuda. Muchas veces la vida nos enfrenta a situaciones no previstas, como la pérdida del empleo, enfermedades, gastos no planificados, etc. Por Alex Soto, Dir. Reg. Sernac Maule.
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Si bien los consumidores deben pagar sus deudas, de la misma forma las empresas deben respetar los derechos de los consumidores.

El principal derecho es a las cuentas claras y cobros justos. Esto significa que los consumidores, deben recibir su cuenta mensual y pagar por el servicio efectivamente prestado o los productos adquiridos. Los cobros como seguros o servicios o productos asociados, deben haber sido expresamente aceptados por el consumidor.

Asimismo, cobros justos también significa que las empresas deben respetar los topes establecidos en la Ley para el cobro de intereses y gastos de cobranza, y si existe un error en los cobros, las empresas deben realizar las devoluciones y las reparaciones que correspondan a todos los consumidores afectados por la misma situación.

Por otro lado, frente a las cobranzas de las empresas los consumidores tienen derecho a que se respete su privacidad en el hogar, la convivencia normal de su entorno personal o su situación laboral.

Las empresas de cobranza no pueden informar a terceros como los familiares o el jefe sobre la deuda y los llamados de cobranza sólo deben ser de lunes y sábados entre las 8:00 y las 20:00 horas. Asimismo, los consumidores tienen derecho a pagar su deuda directamente a la empresa a la que le debe.

Las empresas de cobranzas no pueden enviar a los consumidores documentos que aparenten ser escritos judiciales con el propósito de amedrentarlos. Para reconocer una demanda judicial el documento debe tener el número de rol de la causa en un extremo superior, el nombre del tribunal que lleva el juicio, nombre empresa que lo demanda, etc. Usted puede verificar en tribunales si el documento es demanda utilizando su número de RUT.

Si el consumidor tenía una deuda y la pagó, no corresponde que continúen las acciones de cobranza. Si una empresa realiza acciones extrajudiciales o judiciales de cobranza por deudas que no existen, el consumidor tiene derecho a reclamar y a ser compensado por todo el daño sufrido.

Sólo les pueden informar las deudas a DICOM cuando están vencidas. Si se comunican deudas inexistentes, ya pagadas, repactadas o ilegales (como deudas contraídas con empresas de servicios básicos) las empresas deben responder por todo el daño causado. Recuerde que no pueden enviarlo a los registros de morosidad por deudas contraídas con empresas de electricidad, agua, gas y telefonía.

Por último, ante la repactación de deuda, los consumidores tienen derechos a aceptar expresamente la reprogramación y las nuevas condiciones de pago. Al repactar se generan nuevos plazos y condiciones por lo que la deuda deja de estar vencida. Por ello, la empresa debe sacar de los registros de morosidad al consumidor que esté pagando sus cuotas y detener las acciones judiciales de cobranza.

En la situación compleja que ha vivido nuestra región, es todavía más importante que las empresas tengan disciplina y respeten los derechos de los consumidores, cumplan sus promesas, respeten las repactaciones, no realicen cobranzas abusivas y se diferencien de su competencia entregando facilidades y no dificultades.