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para las personas con

para las personas con discapacidad existen 2 beneficios, ya que no existen las pensiones asistenciales:

1.- para los menores de 18 años con discapacidad mental, calificado como retardo severo, existe un subsidio otorgado por el estado, tiene que estar en el registro de discapacidad, tramite que se realiza en la comisión médica de invalidez, llamada COMPIN, debe tener la ficha de protección social.

2.- para los mayores de 18 años existen las pensiones básicas solidarias por invalidez; también requiere de inscripción en el registro de discapacidad, calificación por la comisión médica COMPIN y la ficha de protección social, para los que tienen discapacidad mental también se requiere decleración de interdicto ante tribunal de familia, si bien no es requisito para postular sin este trámite no les entregarán la pensión.

finalmente para cualquier ciudadano existe la posibilidad de obtener una pensión de gracia, otorgada por la Presidencia de la República en base a alguna razón fundada, para ello se necesita tomar contacto con el gabinete del Presidente de la República y allí les dirán como postular, ya quer es una mecanismo excepcional.

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