Hacer un comentario
La pregunta jurídica: ¿Qué es un Recurso de Protección?
28 Febrero 2006
En esta nueva serie de artículos, Jorge navarro intentará responder las preguntas más frecuentes del ámbito jurídico.
Jorge Navarro >
authenticated user CorresponsalMuchas veces también, me he podido dar cuenta de que se cometen errores al señalarlos. Este espacio tiene por objeto aclarar algunos de los conceptos, que muy a menudo se confunden y mal utilizan.
Un Recurso de Protección es una acción judicial, es decir, un mecanismo para actuar frente a los tribunales de justicia, con miras a concretar nuestro interés.
Sin embargo, esta acción judicial (pues hay muchas) tiene características muy especiales, que la distinguen de todas las otras existentes.
- Es una acción constitucional, es decir está contemplada en la Constitución.
Tiene por objeto la protección sólo de determinados derechos, los del artículo 19 de la Constitución, con la excepción de los números 8 y 21 de dicho artículo, que poseen tipos especiales de acciones de protección ( dichos números se relacionan al recurso de amparo económico, y la acción de protección ambiental, de los que hablaremos en otra oportunidad)
- Es una acción cautelar, es decir, su propósito es proteger a la persona para que no se afecte su derecho.
Esta característica, sin embargo, tiene una consecuencia muy importante. “Es procedente un recurso de protección para terminar la amenaza o actual afectación de un derecho” luego, no cabe presentar un recurso de protección cuando ya el daño se materializó, y la acción que lo provocaba ha cesado.