Hidroeléctrica Centinela entregó antecedentes que aclaran las dudas de la DGA sobre caudal ecológico

“El documento demuestra que los antecedentes técnicos que sirven de base al caudal ecológico existen, son sólidos, fueron aportados al Estudio de Impacto Ambiental, evaluados y aprobados por la autoridad, lo que permite responder a cualquier duda manifestada por la DGA en su oficio”, señaló HCL.
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10 de Junio, 2012 01:06

Acogiendo la disposición de la Dirección General de Agua (DGA) para recibir una aclaración escrita, que disipara las dudas sobre la suficiencia de caudal ecológico, Hidroeléctrica Centinela entregó este lunes al Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) todos los antecedentes técnicos, contenidos en el Estudio de Impacto Ambiental (EIA), que justifican que el caudal ecológico aprobado para las centrales de paso El Castillo y Centinela es el adecuado para la conservación de la flora y fauna acuática y los usos turísticos del río Achibueno.

“Hemos elaborado un documento que sistematiza todos los antecedentes que sirven de base para el cálculo del caudal ecológico: estudios hidrológicos, de línea base de flora y fauna acuática, perfiles topo-batrimétricos, diagramas unifilares, así como los modelos que se utilizaron para predecir el comportamiento de hábitat de la biota presente en el río frente a los cambios en las variaciones de caudal. Con este documento se aclaran todas las dudas manifestadas por la DGA en su oficio”, afirmó en conferencia de prensa la Jefa de Comunicaciones de HCL, Patricia Prenafeta.

Uno de los tópicos a los que hace alusión el oficio de la DGA es la supuesta sobreestimación de caudal, puntualmente, en el estero La Gloria. Al respecto, la jefa de Comunicaciones explicó que los caudales medios mensuales presentados en el EIA se estimaron sobre la base estadística recopilada entre los años 1960 y 2006, es decir, consideran más de 45 años de datos hidrológicos que dan cuenta del comportamiento histórico del río Achibueno.

Respecto de si el caudal ecológico es el adecuado para la práctica de kayak, Prenafeta señaló que “existe un Manual de Procedimiento de Recursos Hídricos de la DGA que establece que las profundidades de los ríos para realizar kayak deben fluctuar entre los 10 cm a 20 cm. Nosotros estudiamos las alturas medias mínimas mensuales para el caudal ecológico durante época estival que tendrá el río en los diferentes tramos y demostramos que, en la situación más extrema, la altura mínima será de 41 cm. Por tanto, la actividad del kayak es totalmente compatible con nuestro proyecto”.

Cabe tener presente que los mismos argumentos que hoy son objeto del recurso de reclamación que debe resolver el Comité de Ministros, ya fueron desestimados por la Corte de Apelaciones de Talca y la Corte Suprema en fallos unánimes, así como también por la Comisión de Evaluación de la Región del Maule, que rechazó también de manera unánime un recurso de invalidación en contra de la RCA.

"Tenemos la tranquilidad y la convicción de que en el Comité de Ministros se respaldará lo que la institucionalidad ambiental y los tribunales de Justicia ya han señalado: que nuestro proyecto cumple plenamente con la normativa ambiental vigente”, afirmó Patricia Prenafeta.

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