Gobernador responde a denuncias sobre mala calidad del agua en importante comuna del Maule

13 Febrero 2019

Autoridad provincial solicitó informe  técnico a empresa Nuevo Sur S.A. tras acusación realizada por dirigente de adultos mayores.

Equipo El aMaule >
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Tras una denuncia realizada por un dirigente de adultos mayores en el periódico La Voz de la Provincia sobre la mala calidad del agua, el Gobernador Francisco José Ruiz tomó cartas en el asunto y solicitó a la empresa Nuevo Sur S.A. un informe  al respecto.

El Gobernador Ruiz señaló que “en relación a este tema me contacté con el Gerente Zonal de la  empresa Nuevo Sur, quien envió una carta con respuestas técnicas el cual indica que dicha empresa sanitaria está en forma permanente haciendo monitoreo  y controles, es decir de cada dos mil muestreos sólo dos presentan o están fuera de norma, pero se soluciona en forma rápida y oportuna y esto se  puede deber  principalmente a un problema  de filtro. Con esto quiero decir a la ciudadanía que el agua de la comuna de Cauquenes es agua buena, es agua sana, es agua que está dentro de la norma”, puntualizó.

Cabe señalar que el informe técnico que la empresa Nuevo Sur hizo llegar al Gobernador de Cauquenes, señala en parte que “en los últimos dos años, se han realizado más de 2.500  muestreos de calidad en la localidad de Cauquenes (todos disponibles públicamente en los protocolos de información que se envían a la Superintendencia de Servicios Sanitarios en forma mensual). Se han registrado sólo dos eventos puntuales en este periodo en donde ha habido desviaciones al parámetro turbiedad y hierro, estos han sido eventos  acotados a sectores muy pequeños de la localidad (el primero afectando a sólo un cliente)”.

ARSÉNICO

Más adelante el informe indica que “respecto al arsénico, desmentimos categóricamente la presencia de este parámetro en el agua potable que se distribuye a nuestros clientes. Por normativa, cada mes se realizan muestreos de nuestras fuentes, estos controles no han arrojado ningún nivel siquiera cercano al límite establecido por la normativa NCh409”.