Un fallo alentador para el pueblo Mapuche

Un fallo alentador para el pueblo Mapuche

30 Octubre 2012
Rara vez en la historia de Chile los indígenas han obtenido de parte del Poder Judicial una respuesta favorable a sus demandas. Lo "normal" ha sido la resignación del mundo indígena ante la idea de que la justicia de su causa sería desconocida o sólo levemente atenuada.
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Como un hecho jurídico sorprendente y de la máxima importancia debe ser calificado el reciente fallo de la Segunda Sala de la Corte Suprema de Chile (del 24 de octubre 2012) que, en la práctica, otorga plena razón al reclamo de los comuneros mapuches en huelga de hambre en Angol por más de 55 días, quienes demandaban un debido proceso y la revisión de condenas inicuas que sobrepasaban los 10 años de sentencia, por la acusación de delitos que excedían toda lógica.

Respecto de Daniel Levinao la Corte señaló que "no es posible sancionar a Levinao por delitos reiterados si tal conducta no aparece correctamente descrita en la imputación, sin incurrir con ello en una violación al principio de congruencia". Y respecto de Paulo Levipán indicó que "el hecho que se ha tenido por establecido en el razonamiento décimo reproducido, encuentra correcta calificación en el delito de maltrato de obra a carabineros que se encontrare en el ejercicio de sus funciones", con lo cual la Corte Suprema procedió a anular las sentencias anteriormente dictadas y reducirlas a condenas por maltrato de obras, con detención remitida, en razón de atenuantes derivados de conducta anterior intachable.

Daniel Levinao y Paulo Levipán fueron acusados por el Ministerio Público como autores del delito de homicidio frustrado, porte ilegal de armas y maltrato de obras a Carabineros" en un encontrón anterior en tierras de Ercilla. Lo más grave fue la supuesta acción de "homicidio", que habría sido dirigida a la persona de un General de Carabineros. La defensa de los comuneros logró demostrar lo contrario de la acusación de homicidio y la Corte Suprema, en un fallo inédito brindó su reconocimiento al reclamo de condenas desproporcionadas e injustas.

Rara vez en la historia de Chile los indígenas han obtenido de parte del Poder Judicial una respuesta favorable a sus demandas. Son muy excepcionales las ocasiones en que ésto ha ocurrido y lo normal ha sido la resignación del mundo indígena ante la idea de que la justicia de su causa sería desconocida o sólo levemente atenuada. Evidentemente, este fallo de la Corte permite, entre otras cosas, abrir camino para superar la larga huelga de hambre de estos comuneros presos y retornar a un debido proceso en donde, por las nuevas figuras que quedan disponibles (maltrato de obras y porte ilegal de armas), y en virtud de su conducta intachable deban cumplir una pena remitida.

El Poder Judicial hace justicia en este caso ante una demanda legítima de revisar el proceso llevado a cabo anteriormente. El Ministerio Público que actuó como acusador podrá comprender que su actuación reviste un sesgo. Latifundistas y parceleros que guardan armamento en sus casas e impunemente expresan sus amenazas de contener y rechazar a los mapuche que demandan tierras ancestrales, prácticamente, nunca pisan una cárcel, ni siquiera por prisión preventiva y con mucha rapidez quedan libres de polvo. Cuando se trata de mapuche, se despliegan piquetes de fuerzas policiales, encabezados por Fiscales, que allanan comunidades y moradas y provocan enfrentamientos en donde nadie escapa de lesiones: mujeres, niños, ancianos, jóvenes....Y luego se les acusa, incluso esgrimiendo argumentos tremendistas como "intento de homicidio" a terceros, en este caso a un General que nunca estuvo ni siquiera cerca de los supuestos hechores. ¿Doble estándar del Ministerio Público? ¿Connivencia con un Gobierno interesado en remarcar la conflictividad? ¿Racismo institucionalizado?....

Es momento de afirmar que no son los Mapuche quienes están en conflicto con el Estado chileno. Es este Estado el que -históricamente- ha conflictuado las relaciones con el Pueblo Mapuche desde su génesis, causando graves y profundas heridas en la conciencia de nuestra Nación ancestral. Los mapuche que reaccionan, a veces con violencia, lo hacen desde una mirada histórica. No está en el ánimo de nuestro pueblo resolver los problemas por los medios violentos. Normalmente ha sido por caminos políticos, aunque la política de Estado ha frustrado sistemáticamente nuestra buena voluntad. Y cómo no. Si desde la instalación del Estado se han desconocido los Tratados internacionales anteriores; se subyugó a los mapuche; se usurparon sus tierras y derechos y se les confinó en reducciones. 

La Corte Suprema de Justicia, con este fallo unánime, restablece en parte el imperio del Derecho al poner las cosas en su justo lugar. Los acusados mapuche no son terroristas ni violentistas. Lo demuestra su "intachable conducta anterior". La Corte habla de "congruencia" cuando la descripción de delitos no está correctamente descrita, es decir, cuando no se atiende a la verdad estricta de los hechos.

Los indígenas saben de estas injusticias. Nuestros abuelos y padres sufrieron más de alguna vez el avasallamiento de una sociedad que sin querer escuchar ni atender ni comprender, simplemente, abusó de su poder imponiendo sobre los mapuche la pesada carga de una discriminación muchas veces violenta y protegida por la impunidad del Estado. Enhorabuena, entonces, recibimos la  noticia de este fallo alentador.

 

Domingo Namuncura

Ex Director de Conadi

Analista del Barómetro de Equidad

Fundación Equitas

 

 http://www.twitter.com/dgonamuncura